El JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:
PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por la abogada Johanna Uribe Lovera, inscrita ante el IPSA bajo el N° 122.817, apoderada judicial de la ciudadana Emily Geraldine Moreno Vera, en contra de la Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, abogado Josué Manuel Contreras Zambrano, en el expediente N° 23.731. Conforme a lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, al haber sido declarada sin lugar la recusación, la recusante deberá pagar multa por la suma de dos mil bolívares (Bs. 2.000,00) pudiendo acudir a las oficinas del Banco Central de Venezuela (BCV) -ú otra entidad bancaria pública receptora- para cancelar la multa impuesta, pagadera a favor de la Tesorería Nacion.....