Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCIÓN de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por OFERTA REAL DE PAGO, sigue el abogado JUAN JOSE SUAREZ RINCON, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula Nº V.-14.041.896, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 91.086, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Garzón Hipermercado C.A. Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los treinta (30) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025).
La Juez
Abg. Egle Coradi Serrano
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