´Mediante resolucion Nº PJ0252026000141, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de, EXTINCION DE HIPOTECA CONVENCIONAL DE PRIMER GRADO POR PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION PRINCIPAL, incoado por la ciudadana DELIA JACQUELINE VILLARROEL SANCHEZ, con cédula de identidad Nº V-8.887.984, de este domicilio, abogado en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 50.132, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano DENIS ALBERTO ANDARCIA MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-3.420.362 y de este domicilio contra la SOCIEDAD FINANCIERA C.A. (CRENCA).-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias que a efectos lleva este tribunal.
Dese por terminado mediante auto de egreso y archívese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Segundo de Mu.....