este Juzgado Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA interpuesta por la ciudadana BELKYS MABEL HEREDIA HERRERA, en contra de la ciudadana LUISA RAMONA HERRERA DE PADRINO. Así se decide.