´´DIAPOSITIVA
En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL SEGUNO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, conforme a lo dispuesto en los artículos En atención a las consideraciones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 263 y 363 del Código de Procedimiento Civil este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO y procede como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, todo de conformidad con lo dispuesto en los articulo 26, 49 Ordinal 1ero, 253 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y los Artículos 12, 15, 242 y 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
SEGUNDO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en cosa conforme al artículo 74 del Código de Proced.....