con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, lo DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante antes nombrada, fallecida ab-intestato, el día Diecisiete (17) de Marzo del año 2.022; en el Hospital Américo Babo de Puerto Ordaz, Parroquia Cachamay, Municipio Caroní del estado Bolívar; a consecuencia de SHOCK HIPOVOLEMICO, ULCERA PEPTICA, HEMORRAGIA DIGESTIVA SUPERIOR, según Certificación de Defunción signada bajo el N° 4254014, del Libro de Registro de Defunciones llevada por el Municipio Caroní del Estado Bolívar, correspondiente al año 2022, Acta N° 320, quien en vida fue portadora de la Cédula de Identidad N° V- 3.901.346. Se deja a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse originales las presentes actuaciones a los interesados, a fin de que surtan los efectos legales.