´-III-
DISPOSITIVA
Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, administrando justicia en Nombre de la República y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 de Código de Procedimiento Civil, con ocasión de la demanda de COBRO DE BOLIVARES, incoada por los ciudadanos IVAN ANTONIO YEPEZ y JOUBERTH JOHAN PEREZ GOMEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-5.116.530 y V-20.823.809, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los Nro. 60.011 y 266.214, respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil REPRESENTACIONES SERCONDIN, C.A., debidamente inscrita en fecha 29 de diciembre de 2009, por ante el Registr.....