-III-
DISPOSITIVA
En fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la presente solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, interpuesta por los ciudadanos YNDOMAR JOSE MARCANO AGUIAR y DEYSY MARGARITA GUAITA GERDLER, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilia, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-12.984.455 y V-17.774.156, respectivamente.
SEGUNDO: SE DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos YNDOMAR JOSE MARCANO A.....