´este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra la decisión dictada en fecha 14 de marzo del 2025, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2024-000035. SEGUNDO: SE MODIFICA el fallo recurrido en los términos establecidos en la parte motiva, quedando como consecuencia PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE ACREENCIAS LABORALES interpuesta por los ciudadanos ciudadano JOSE ELISALDE SANCHEZ FLORES y LEONARDO ENRIQUE MARRERO MORONTA por lo que se condena a la empresa UNIDOS BOLÍVAR SNACKS, C.A., y solidariamente el ciudadano OSCAR RAFAEL MEZONES GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.....