CAPITULO IV
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA, el Documento Privado, suscrito en fecha 09 de junio de 2026, entre la ciudadanaYUDITH MARISELA MARQUINA GIL DE CAMEJO y YOLI MARGARITA ORTIZ, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 14.326.304 y V-5.592.503, respectivamente.SEGUNDO: Se ordena expedir por secretaria copias certificadas de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil yparticípese lo conducente a la oficina de Registro Público de los municipio Rafael Urdaneta y Cristóbal Rojas del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Cua. Líbrese oficio.
Publíquese en.....