Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se ORDENA la integración del litisconsorcio pasivo necesario en el presente juicio que por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA incoara el ciudadano LUIS MIGUEL RODRÍGUEZ SILVA, contra los ciudadanos NEIDA JOSEFINA PÉREZ MORILLO y JORGE CELESTINO DUARTE, para lo cual se ordena la notificación de la sociedad mercantil INTERSPEED C.A., con lo finalidad de participarle que dentro del lapso de cinco (5) días de despacho siguientes a la constancia en autos de la última notificación que de las partes se haga, deberá comparecer ante este tribunal a fin de hacerse parte en el presente proceso, debiendo manifestar expresamente si acepta la causa en el estado en que se encuentra o si requieren la reposición de la misma al estado.....