´Razón por la cual se hace indispensable dictar el presente despacho Saneador, es por ello que este Tribunal ordena:
UNICO: indicar la dirección donde se realizara la notificación de la demandada Sociedad Mercantil HOTEL DA GINO, C.A., requerimiento indispensable que necesariamente debe ser aportado por el accionante de autos, para que el Tribunal a su vez, pueda librar cartel de notificación al demandado, siendo este requisito de estricto cumplimiento con lo establecido y/o exigido en el artículo 126 de la Ley Adjetiva Laboral, en cuanto la notificación por cartel, siendo que al no ubicar precisamente al demandado, no se garantizaría el derecho de defensa de aquél que calificado como demandado resulte notificado, y es además la clave, en las acciones de condena, ya que determina sobre cuál persona se ejecutará el fallo declarado con lugar, y en general permite fijar entre quiénes surtirá efectos directos la cosa juzgada; por cuanto no fue consignada en el libelo de la demanda con ex.....