II
Por las razones expuestas, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: Se Homologa el Desistimiento del Procedimiento interpuesto por LUIS FRANCISCO AMUNDARAIN ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.819.109, en contra de la entidad de trabajo demandada TELEPLASTIC, C.A, y solidariamente contra las personas naturales: LARRY BRAND HERNANDEZ Y BERNAZZANI DUPONT LAURENT antes identificados, conforme a lo previsto en el parágrafo primero del artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.-
Segundo: Se ordena dejar nulo y sin efecto el Cartel y las Boletas de Notificación, libradas en fecha 16 de abril de 2026 por este tribunal. Así se decide.-
Tercero: No hay condenatori.....