En consecuencia de ello este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto mediante sentencia Nro. 000710 de fecha 10/11/2023, declara INADMISIBLE la presente demanda por ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO y sus anexos, presentada por la ciudadana MARIA YSABEL CENTENO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.837.404.