Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroni del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida el ciudadano AGUSTIN ANTONIO RODRIGUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.328.170, falleció el día 09/09/2.021, en Urb. Rió Aro, Manzana 17, Casa 54, Puerto Ordaz, Municipio Caronì del Estado Bolívar, a consecuencia de ADENOCARCINOMA, según acta de defunción Nº 1290, Libro Nº 8 del años 2021, a los ciudadanos ANTONIO DE JESUS RIVAS ASCANIO, actuando.....