Mediante resolucion Nº PJ0252026000146, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, presentado por el ciudadano: VIRGENY ALBERTO BORREGO CARDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.145.779, debidamente asistido por la abogada ROSA M. CHACIN abogado en el libre ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 219.485, en contra del ciudadano EDWAR AMADO DIAZ ZURITA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-15.971.780 y de este domicilio.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias que a efectos lleva este tribunal.
Dese por terminado mediante auto de egreso y archívese.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del .....