III
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil vigente, DECLARE TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana JUSTINA NIEVES DE GRATEROL, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Municipio Buroz del estado Bolivariano de Miranda, titular de la cédula de Identidad Nro. V-6.187.142, sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, las cuales fueron construidas en un lote de terreno de propiedad Municipal, ubicada en 1ra Calle de Bella Vista I, Sector Las Maravillas, Casa N° 156, Parroquia Mamporal, Municipio Eulalia Buróz del Estado Bolivariano de Miranda, con una superfici.....