Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN, consignada en fecha 05 de junio del año 2026, por la parte demandada, ciudadanos FRANCISCO ANTONIO RAMIREZ RONDÓN y ANA MAYGUALIDA RIOBUENO ROMERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V- 10.065.059 y V- 14.289.621, respectivamente , asistido por la abogada AXEL RAFAEL MARTINEZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 125.669; y aceptado por la ciudadana YAMILE DEL VALLE CESAR DE DAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 8.852.488, debidamente asistida por la abogada DILIA DELGADO, abogado en libre ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 146.659, respectivamente.-
SEGUNDO: CON LUGAR, la demanda POR VIA P.....