Por lo tanto, en virtud de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Charallave, acuerda de conformidad con lo solicitado por la parte actora, en consecuencia HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento incoado en contra de las entidades de trabajo Ferretería Santa Elena C.A, y Castillo y Castillo C.A.,
Finalmente, por cuanto no queda pendiente actuación procesal alguna, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Charallave, da por TERMINADO el presente procedimiento y ordena el archivo definitivo del expediente. CÚMPLASE.
Abg. AMADO JUNIOR APONTE PAZ
EL JUEZ .....