DECISIÓN
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo (7º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se niega la acumulación solicitada por el abogado Francisco José Olivo López, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, la ASOCIACION CIVIL SIN FINES DE LUCRO FEDERICO OZANAM (CENTRO MEDICO ASISTENCIAL FEDERICO OZANAM (CEMAFOZ) con los expediente T7°7947-26, T5°7945-26, T5°-7938-26 T6°-7946-26, interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado FRANCISCO JOSE OLIVO , al no cumplir con los requisitos legales para su procedencia, conforme al criterio reiterado de nuestro máximo tribunal de justicia. Así se decide.
Segundo: Advierte este Juzgador que con la práctica de la actuación procesal antes mencionada del apoderado judicial d.....