DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano DEYERSON JUAN CADENAS MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.666.333, sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda unifamiliar, con un área de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON DIECISEIS DECIMETROS (246,16 mts2), cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan aquí por reproducidas, las cuales declara el solicitante haber construida con dinero de su propio peculio, junto con una parcela de terrero con una superficie aproximada de CIENTO VEINTIUN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS DECIMETROS (121,42 mts2), ubicada en el sector denominado calle Unión con acceso a la calle Los Eucaliptos, N° 21, barrio Mal Paso, sector Unión, Parroquia Los Teques, Municipio Bolivariano Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en autos, la cual fu.....