Mediante resolucion Nº PJ0252026000132, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil en concordancia a lo establecido en el artículo 1.363 del Código Civil, este Juzgador, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO de la demanda y el RECONOCIMIENTO EN SU CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por la ciudadana KEISY MARIELY HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-21.264.607 debidamente asistida por la profesional del Derecho: DELIA DELGADO Venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 146.659, en contra de la ciudadana MERCEDES DE JESUS LOP.....