Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de las ciudadanas identificadas Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Tomás Lander de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA: a la ciudadana MARÍA DEL VALLE AMORETTI CISNEROS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.302.901; en su condición de hija como UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de los De Cujus HUMBERTO ANTONIO AMORETTI REBOLLEDO y DIONICIA CISNEROS DE AMORETTI, quienes en vida eran venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad V-1.75.....