El Tribunal, con vista al acuerdo transaccional consignado en fecha 15-04-2026, folio 01 y 02, y de los anexos consignados se pudo constatar la facultad de las partes integrantes en el presente proceso, y por cuanto la misma no versa sobre materia en la cual están prohibidas las transacciones este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad al artículo 1.713 del Código de Civil y artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en fecha 15-04-2026, folio 01 y 02, del presente expediente, por la ciudadana Ysabel Alexandra Pérez Aray, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 32596450, -compradora- y los ciudadanos Yosefin Ylimar Pérez Aray y Alexander José Malave Rojas, venezola.....