Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en atención al pedimento contenido en la referida Transacción celebrada entre la ciudadana ANA BEATRIZ PADILLA DIAZ, venezolana, mayor de edad, soltera titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 18264.567, con número de teléfono: 0416-7406507, con correo electrónico anapadilla8912@gmail.com y domiciliada, en la Calle 23 de enero sector centro urbano de la población de caicara del Orinoco, Municipio General Manuel Cedeño del esta Bolívar, el comprador por una parte (parte demandante), y por la otra YOCELY MARIA CASTRO DE ALEJANDRO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-10.662.122, con número de teléfono +58424-9394707, correo electrónico: caalejandro221@gmail.com, domici.....