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DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Simón Bolívar del Estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: PRIMERO: la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ SILVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V-19.830.520. En consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por la ciudadana MARÍA CHAKKAL MOUBAYED, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.423.411, en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO FERNÁNDEZ SILVA. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a devolver a la parte actora la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL BOLÍ.....