Ahora bien, por lo anteriormente expuesto y en atención a los recaudos consignados, así como también los testimonios de los ciudadanos identificados Ut. Supra, este Tribunal de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda sin perjuicios de terceros, DECLARA: las presentes actuaciones como TITULO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a favor de la ciudadana: DULCE FREILETTE CABRICES HERNANDEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°. V-12.983.938, en su condición de (hija), sobre los derechos que corresponden a la ciudadana, quien en vida respondía al nombre de ARLETTE DEL VALLE HERNANDEZ ROJAS quien era cedulada bajo el N° V-6.508.883. Devuélvase los originales con sus respectivas resultas a la parte solicitante, previa constancia en el Libro Diario llevado por ante este Tribunal. Asimismo, expídase copia certificada por secretaría del presente decreto.....