V
DISPOSITIVO:
En base a todos los razonamientos de hechos y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LOS VALLES DEL TUY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional, ejercida por el ciudadano PEDRO JESÚS CARDOZA SEGOVIA, titular de la cédula de identidad Nº 18.734.220, debidamente asistido por el Abogado ALEXANDER LIENDO RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 160.585. SEGUNDO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional.
Finalmente, el lapso para recurrir de la presente decisión será dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al vencimiento d.....