´Se dicta Sentencia Nº PJ0662026000030, mediante la cual se declara PROCEDENTE AMPARO CAUTELAR CONSTITUCIONAL, en consecuencia se suspenden los efectos del Acto Administrativo contenido en la Resolución identificada con la nomenclatura 20250810000590 y Liquidación Nº 081001654000590de notificada en fecha 23 de Marzo de 2026. Se exhorta al ente exactor a dar cumplimiento a la presente decisiòn, sin perjuicio de las consecuencias juridicas contenidas en el artìculo 31 de la Ley Organica de Amparo sobre Derechos y Garantìas Constitucionales. La presente decisión mantiene su efecto hasta la decisión de la Apelación o Consulta en la instancia superior.´