Mediante resolución Nº PJ0252026000033, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, se declara INCOMPETENTE por razón de la Materia y DECLINA COMPETENCIA a Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, de la SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, interpuesta por los ciudadanos: REINALDO ANTONIO UBARDINE RAMOS Y BRAULIO ANTONIO UBARDINI BLANCO, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nros.V-11.725.522 y V-18.623.886, respectivamente, de este domicilio debidamente asistido por el ciudadano AMAURIS AULAR CABEZA, abogado en ejercicio debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 96.727, de este domicilio.-
Publíquese y Regístrese.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del este Tribunal Segundo de Municipi.....