Se DECLARA sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, únicos y universales herederos a los ciudadanos MARIELA DEL CARMEN ARAUJO COLINA, JODIFRAN JOSEFINA AVILA ARAUJO, JUSTIN CAROLINA AVILA ARAUJO, JOSE JESUS AVILA ARAUJO, JOSBELY SUSANA AVILA ARAUJO, JOSE BENITO AVILA ARAUJO, JAZMIN ORIANA AVILA ARAUJO y JOHANA CHIQUINQUIRA AVILA ARAUJO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.738.986, V-19.508.993, V-20.155.180, V-20.155.181, V24.997.918, V-26.895.184, V-31.374.929 y V-20.155.213, en su orden, en carácter de esposa e hijos del causante JOSE GREGORIO AVILA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.349.422, de estado civil casado, quien falleció ab intestato el día veintitrés (23) de noviembre de dos mil veinticinco (2025), tal como se desprende del acta de defunción signada con el No. 268, emitida por el Registro Civil del Municipio los Salias del Estado Bolivariano de Miranda en fecha veinticuatro (24) de no.....