Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: a los ciudadanos KARENNY DAVIANA MEDERO VARGAS, DANIELA ANDREINA MEDERO VARGAS, NORBERTO DAVID MEDERO VARGAS y MARIA CONSOLACION VARGAS PERNIA ,venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-21.467.615, V-23.652.868, V-20.413.415 y V-10.740.805, respectivamente, Únicos y Universales Herederos del causante JOSE NORBERTO MEDERO(), quien fuese venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-8.252.255, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en or.....