este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JESÚS ENRIQUE CORDERO VERA, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.451.765, a su esposa ciudadana MELITZA FERNANDEZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.721.177, y a sus hijos MAURICIO ALEJANDRO CORDERO FERNANDEZ y VERÓNICA ALEJANDRA CORDERO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.579.592 y V-29.676.317, respectivamente. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil