Por las razones de hecho y derecho antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: consumada la perención breve y, en consecuencia, extinguida la instancia en el presente juicio que por RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, interpusiere la ciudadana EILIN DEL VALLE LIZARDIN BLANCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-30.343.267, de este domicilio; debidamente asistida por el abogado JOSE GREGORIO PETIT PEREZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 84.098; contra el ciudadano EDGAR JOSE ORTEGA BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.906.418.
Notifíquese a la ciudadana EILIN DEL VALLE LIZARDIN BLANCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-30.343.26.....