III Petitorio
Por las razones expuestas, solicito respetuosamente ciudadano Juez:
Declarar CON LUGAR, Las Cuestiones Previas aquí señaladas por la falta de Jurisdicción y Competencia, ordenando el archivo del expediente o la remisión al tribunal correspondiente.
Declarar SIN LUGAR por falta de Jurisdicción la demanda interpuesta por la ciudadana Carmen Margarita Millán de Puentes.
Acompañando junto con la Oposición de la Cuestión Previa, todos los documentos que fueron señalados en su escrito. Y así se declara.
Reitera este juzgador con énfasis en que, como claramente se desprende del Artículo 349 del CPC el cual señala; "Alegadas las cuestiones previas a que se refiere el ordinal 1 del artículo 346, El Juez decidirá sobre las mismas en el quinto día siguiente al vencimiento del lapso de emplazamiento, ateniéndose únicamente a lo que resulte de los autos y de los documentos presentados por las partes.
Que el mismo es imperativo al establecer que el juez decidirá las cuestione.....