Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el fallo dictado el 27 de febrero de 2026, por el Juzgado de Justicia de Paz Comunal del Circuito Comunal Comandante José Roque Pinto; en consecuencia, procurando la estabilidad, orden procesal y debido proceso de las controversias planteadas durante el proceso, se declaran NULAS todas las actuaciones realizadas desde el 09 de mayo de 2025 y REPONE la presente causa al estado de recepción e inicio de conciliación y mediación de las denuncias presentadas por los ciudadanos NELSON ENRIQUE BERDAYE DE LA VEGA y LEIDY CAROLINA BRAVO DÍAZ, anteriormente identificados, en expedientes separados.
Publíquese e.....