Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación que fue interpuesto por el abogado en ejercicio JOSÉ GREGORIO ESPAÑA GAMBOA, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL RANDOLFO RODRÍGUEZ ARTEAGA, contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 24 de noviembre de 2025, la cual se MODIFICA bajo las consideraciones expuestas en el presente fallo.
SEGUNDO: IMPROCEDENTES las defensas previas opuestas por la parte intimada en la oportunidad para contestar la demanda, referidas a la integración del litis consorcio pasivo necesario y la inadmisibilidad de la deman.....