En mérito de todos las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana: GABRIELA DEL VALLE LOPORSI DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad Nº V- 14.510.349, debidamente representada por la Abogada HELA JEANMARY FARIÑA UGARTE, venezolana, mayor de edad inscrito en el I.P.S.A bajo el número 246.235. En consecuencia, se ordena:
PRIMERO: La Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana: GABRIELA DEL VALLE LOPORSI DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, cedula de identidad Nº V- 14.510.349 , asentada por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO CARONI DEL ESTADO BOLIVAR, inserta en el Acta Nº 804,Libro 2-A, año .....