Ahora bien, por lo anteriormente expuesto y en atención a los recaudos consignados, así como también a los testimonios ofrecidos por los ciudadanos identificados Ut. Supra, este Tribunal De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Paz Castillo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano De Miranda sin perjuicios de terceros, DECLARA: las presentes actuaciones como TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano JOSE ROQUE BARRIOS LEON, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cedula de identidad N° V-9.263.148, debidamente asistida por la profesional del derecho Abg. DANNYS RAQUEL ALVAREZ TOVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.º 211.955, ubicada en la VII Etapa de la Urbanización "La Raiza " en la carretera La Raiza, sector El Manguito, Santa Lucia del Tuy, en la Jurisdicción del Municipio Autónomo Paz Castillo del Estado Miranda (actualmente Santa Lucia, Municipio Paz Castillo del estado Bolivariano de Miranda).....