En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN, presentada por la ciudadana ROSMERIS DEL VALLE LOPEZ SALAZAR, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.143.254, debidamente asistida por la Abogada BETHANIA CORREIA, Defensora Pública Auxiliar Primera con Competencia en Materia Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 263.414, en consecuencia se ordena la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 1600, libro 9 del Registro Civil de Defunciones llevado por la Prefectura del Municipio Caroní del estado Bolívar durante el año 2018, debiendo .....