En la presente causa los ciudadanos: JOSE MANUEL HERRERA ZAMORA, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado en ejercicio EDSON ALEJANDRO ROJAS RIVAS, y el ciudadano: MARTIN EDUARDO MILLAN SALAZAR, en su carácter de parte demandada, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ADRIANA MARIA NUÑEZ, todos supra identificados, presentaron escrito en fecha 23 de Julio del 2026, mediante el cual celebraron CONVENIMIENTO POR VIA DE TRANSACCION que se regirá por las cláusulas siguientes: PRIMERA: PETICION DE PRINCIPIO: "El propietario" y "el optante", en fecha 09-07-2026, celebraron un Contrato definitivo de Compra y Venta de un inmueble (casa y terreno), constituido por una vivienda y la parcela de terreno donde se encuentra enclavada , constante de Doscientos Sesenta Metros Cuadrados (260 Mts2) ubicado en la Calle Yauno, Sector Los Ríos de Ciudad Piar, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Autónomo Angostura del estado Bolívar, signada bajo el N° 122, y enclavada en lo.....