es decir que el hecho que se señale en las boletas el delito, no quiere decir que el tribunal se esté pronunciando sobre la calificación de los hechos, a tal punto que la circunstancia de no mencionarse en las mismas el delito o hacerlo de manera genérica como por ejemplo, indicar "Delito contra la Propiedad" no las invalida, ya que lo importante es el emplazamiento para la realización del acto procesal señalado en las mismas, en este caso concreto el de Designación de Escabinos, conforme a lo establecido en el artículo 163 del Código Orgánico Procesal; se concluye entonces que la calificación jurídica del tipo penal viene dada en todo caso como consecuencia o producto del debate oral en su oportunidad legal y no por las menciones referenciales contenidas en dichos instrumentos; de tal manera que mal puede hacer la defensora señalamientos de adelantar opinión y mostrar imparcialidad éste Juzgador, en base a unas boletas de emplazamiento para la designación de escabinos para la constit.....