Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el presente recurso por abstención o carencia, interpuesto por el ciudadano WILSON RAMÓN SÁNCHEZ NOGUERA, propietario del Fondo de Comercio denominado ABASTO LA EXCELENCIA, contra Alcaldía del Municipio Seboruco.
SEGUNDO: SE ORDENA a la Alcaldía del Municipio Seboruco, por órgano de la Hacienda Pública Municipal; que emita su pronunciamiento sobre la solicitud de patente o licencia de licores que le hubiese planteado el ciudadano WILSON RAMÓN SÁNCHEZ NOGUERA, propietario del Fondo de Comercio denominado ABASTO LA EXCELENCIA.
TERCERO: No se acuerda la condenatoria en constas procesales, dada la naturaleza de este proceso judicial.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de este fa.....