QUINTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 20 y 53 del Código Penal, la penada WRAYANS JOSÉ VILLALOBOS GUTIÉRREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-23.500.880, plenamente identificado, podrá solicitar el CONFINAMIENTO o conmutación del resto de la condena, en el presente caso, las TRES CUARTAS (3/4) parte de la condena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, le corresponda cuando cumpla SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES, podrá optar a esta medida, a partir de la fecha 01/08/2020.
SEXTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal, concatenado con los artículos de conformidad con los artículos 155, 156, 157, 158, 159 y 160, en relación con el artículo 15 numerales 6 y 15, en relación con el articulo 16 numeral 4, 17 numerales 2 y 3 y 63 del Código Orgánico Penitenciario, al penado WRAYANS JOSÉ VILLALOBOS GUTIÉRREZ, titular de la cedula de identidad Nº V-23.500.880, plenamente identificado, en el presente caso, será computad.....