Por lo antes expuesto, este Tribunal HOMOLOGA, el desistimiento de la demanda en contra de la entidad de trabajo bajo PALL FERRETERIA C.A, en consecuencia adquiere autoridad de Cosa juzgada, conforme a lo establecido el artículo 263 eiusdem. ASI SE ESTABLECE
Sobre la remisión a los tribunales de juicio ordenado en el acta de audiencia preliminar de prolongación de fecha 26 de mayo de 2023 cursante al folio (98), no se llevara a cabo, visto el desistimiento de la demanda interpuesto por la parte actora el cual es homologado en esta misma fecha. ASI SE DECIDE, CUMPLASE.-
Todo ello en el juicio que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL incoara el ciudadano ANGEL ENRIQUE PALACIOS SALINAS en contra de la entidad de trabajo PALL FERRETERIA C.A. ASÍ SE ESTABLECE.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.