declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Amparo Cautelar interpuesta contra la Providencia Administrativa Nº 0052-2019 de fecha 14 de mayo de 2019, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, en el expediente administrativo Nº 039-2013-01-00252, mediante el cual declaro con lugar la denuncia de Reenganche y Restitución de Derechos Infringidos incoada por la ciudadana CARMEN MARIA CARRASQUEL SANCHEZ contra la sociedad mercantil "INDUSTRIAS ALIMENTICIAS CORRALITOS, S.A." (INACOR, S.A.), por tal motivo se ordena a dicha Inspectoría del Trabajo mientras dure el proceso no aperturar procedimiento sancionatorio alguno, ni revocatoria de la solvencia laboral, así como tampoco oficiar al Ministerio Publico, a la solicitante del presente amparo cautelar. De la presente medida deberá participarse a la señalada Inspectoría del Trabajo del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, mediante oficio a.....