...decretar la autorización de salida del país por el lapso comprendido desde el día domingo 16 de Julio al día sábado 05 de Agosto de 2006, en relación a la reunión anual de trabajo a celebrarse en las ciudades de Paris e Istanbul, de conformidad con los artículo 9, 244, 246, 256 numeral 4° y 282 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez cumplido dicho lapso deberá retornar a Venezuela el ciudadano MIGUEL PLITMAN ZUCKERMAN titular de la Cédula de identidad 2844434; y una vez en el país el ciudadano MIGUEL PLITMAN, se mantendrá cumpliendo con la medida cautelar sustitutiva de libertad establecido en el articulo 256 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal asimismo deberá comparecer el día Lunes 07 de Agosto de 2006, ante este Tribunal, a fin de hacer constar efectivamente su estadía y cumplir con las exigencias del articulo 260 ejusdem.
En tal sentido se mantiene en contra de los ciudadanos MIGUEL PLITMAN ZUCKERMAN y la ciudadana FRIDA AS.....