NIEGA el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL, a la penada YARELIS DEL CARMEN RODRÍGUEZ MORALES, titular de la cedula de identidad Nº V-23.067.032, de conformidad con los criterios jurisprudenciales expuestos, en relación con la potestad discrecional contemplada en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal al Juez de Ejecución.