Evidenciándose que les fueron entregados a los actores quienes como se desprende del escrito presentado actuaron de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, suscribieron el acuerdo transaccional, el cual se encuentra debidamente circunstanciado en su motivación y derechos comprendidos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACION al acuerdo transaccional celebrado entre las partes por considerarlo ajustado a derecho dándole el efecto de cosa juzgada. Dicha homologación se efectúa acogiéndose al criterio de la Sentencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia No.AA60-S-2011-000-278, de fecha 23-04-2012, con ponencia del Magistrado OMAR MORA DIAZ, caso Hely Sterling vs Alimentos Polar, Así se decide.