DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana LAURA YURIMA SILVA NIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.822.089, asistida por la abogada KARINNE TROYA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 213.393, y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos: LAURA YURIMA SILVA NIÑO y DANIEL ALEJANDRO GONCALVES DA SILVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad Nº. V-19.822.089 y V- 15.315.449, respectivamente, en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día siete (07) del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), tal y como se desprende de copia certificada del Acta de matrimonio N° 120, Folio 122, del libro de matrimonio correspondiente al año 2019, llevado por ante la Oficina de Registro Civil de Personas y Electoral del Municipio Carrizal del estado Bolivariano de Miranda.
De conformidad con lo establecido en los artículos.....